Josefina
Campagnon, directora de Bromatología, se refirió a la ordenanza
8496/20, que regula la tenencia responsable de las mascotas.
La
misma establece que la persona responsable de su mascota no solo es
quien la tiene en su casa, sino también aquella persona que alimenta a
un perro de la calle o lo tiene a su cuidado. Asimismo, lo es para las
asociaciones protectoras.
“Habla
de la responsabilidad de aquellos tenedores de perros, que tienen que
ver con el control sanitario, con la correcta vacunación, controlar la
reproducción del animal, y aquellas molestias que puedan generar a los
vecinos o a terceros”, explicó la Directora de Bromatología.
En
un trabajo en conjunto con el Juzgado de Faltas, se trabajará para las
contravenciones que surjan de un daño a terceros por el animal. La
autoridad de aplicación, en este caso Bromatología, podrá retirar a un
perro que genere molestia para ingresar al Centro de Tránsito Canino.
“Se
identifican a los perros, y luego si aparece el dueño tiene que pagar
primero la contravención generada por ese daño o molestia para
retirarlo”, continuó la Directora.
Por
otra parte, Campagnon comentó que la ordenanza, además, se refiere a la
adopción. Aquellas personas que deseen adoptar perros del Centro
Transitorio Canino podrán hacerlo sin ningún costo.
A su fin, la Directora de Bromatología adelantó que habrá una segunda campaña de vacunación antirrábica.
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