Visto:
Que la presente Resolución surge con motivo de solicitar
al DE que proceda a implementar la Ley Nº 14.491, sancionada en diciembre de
2012 por la legislatura de la provincia de Buenos Aires, y;
Considerando:
El Código Civil Argentino, establece que: "Las leyes
no son obligatorias sino después de su publicación, y desde el día que
determinen. Si no designan tiempo, serán obligatorias después de los ocho días
siguientes al de su publicación oficial.". De esto se desprende que la Ley
provincial se encuentra en plena vigencia y que sin embargo, el Municipio de
Chacabuco no ha implementado las disposiciones que establece.
Que en la actualidad las nuevas TICS (Tecnologías de la
Información y la Comunicación) nos permiten una comunicación más precisa,
rápida y correcta de los actos de gobiernos, lo que constituye uno de los
pilares básicos en los que se sostienen los sistemas democráticos y con
profundo sentido republicano.
Que los gobiernos a nivel provincial y nacional, y en
muchos gobiernos a nivel municipal, poseen un sistema de comunicación a
través del Boletín Oficial digital Municipal, donde a través de sus distintos
capítulos y componentes cualquier ciudadano puede acceder libre y gratuitamente
a una base actualizada permanente de decretos, disposiciones, leyes y todo otro
acto administrativo que dicte o determine el gobierno.
Que la Ley 14491 que modifica el Art. 108 de la Ley
Orgánica de las Municipalidades, establece la obligatoriedad de los
Municipios y de los Concejos Deliberantes de publicar las Ordenanzas, Decretos
y Resoluciones de ambos departamentos en el Boletín Oficial el cual se
confeccionará como mínimo una vez por mes, y se pondrá en conocimiento de la
población en la sede de la Municipalidad y en los lugares de acceso
público, que al efecto se determine y que también deberá incorporarse en la
página Web oficial del Municipio, sin restricciones.
Que la implementación de dicho Boletín Oficial
contribuirá a la transparencia de la gestiones de gobierno, aspecto fuertemente
reclamado por la ciudadanía en general.
Que el municipio de Chacabuco cuenta con un sitio
específico en internet http://chacabuco.gob.ar
mediante el cual puede poner en funcionamiento un Boletín Oficial para la comunicación
de todos los actos de gobierno.
Por
ello,
el
Bloque de Concejales del GEN
en
uso de sus atribuciones propone la siguiente
RESOLUCION
Articulo
Nº 1:
Solicitarle al Departamento Ejecutivo, tenga a bien proceder a la
implementación del Boletín Oficial Municipal Digital de Chacabuco, a través de
su sitio web http://chacabuco.gob.ar/
donde se contemplen todos los actos de gobierno, decretos, disposiciones,
licitaciones públicas y privadas, órdenes de compra y de pago que emite el
municipio, y todos aquellos actos de gobierno que alcancen a las diferentes
áreas de la Administración Municipal a fin de comenzar a dar fiel cumplimiento
a la Ley Provincial Nº 14.491 sancionada en diciembre de 2012.
Articulo
Nº 2:
De forma.
Visto:
El
estado de deterioro que presentan desde hace muy largo tiempo las veredas de la
Plazoleta Libertad ubicada en San Martin y Falucho, y;
Considerando:
Que
dicha plazoleta cuenta, por sus características singulares de ubicación, con
una gran afluencia de personas, siendo un lugar elegido por las familias de la
zona para llevar a sus niños a disfrutar del are libre y de los juegos
infantiles o por jóvenes que son asiduos visitantes en todas horas del día,
otorgándole a la misma un valor simbólico, entendido como ámbito integrador de
nuestra comunidad.
Que
las veredas de la plazoleta se encuentran en un estado de avanzado deterioro
presentando innumerables roturas y desniveles que dificultan el paso de los
peatones, especialmente de personas mayores, de niños de corta edad y de las
madres que deben desplazarse con coches para bebes.
Por
ello,
el
Bloque de Concejales del GEN
en
uso de sus atribuciones propone la siguiente
RESOLUCION
Articulo
Nº 1:
El Honorable Concejo Deliberante de Chacabuco vería con agrado que el
Departamento Ejecutivo Municipal proceda a realizar los trabajos de obra
necesarios para la reparación de las veredas de la Plazoleta Libertad ubicada
en la intersección de cales San Martin y Falucho de nuestra ciudad.
Articulo
Nº 2:
De forma.
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