El Gobierno de Chacabuco informa a los comercios que mediante los decretos 297/2020 del Poder Ejecutivo Nacional y el 214/2020 del Departamento Ejecutivo Municipal, referidos al COVID-19 y estén autorizados a su apertura para la atención al público, resultan obligados a la desinfección diaria, luego del cierre de la jornada comercial, de sus áreas internas y sus entornos exteriores mediante la utilización de hipoclorito de sodio (cloro) diluido al 1 por ciento, quedando excepcionados de la Ordenanza N° 5362/10.
El decreto municipal 215, publicado en el Boletín Oficial, considera que si bien las más recientes investigaciones científicas estiman que el virus COVID-19 no persistiría en el aire, si puede permanecer en el entorno de las personas durante alguna hora o hasta varios días, dependiendo de condiciones como la concentración de virus (inoculo), la temperatura, la humedad del ambiente y el tipo de superficies.
Tanto la Organización Mundial de la Salud (OMS) como otras entidades internacionales sugieren para ayudar a reducir el riesgo de contagio del nuevo coronavirus el uso de productos desinfectantes domésticos como el hipoclorito de sodio.
El decreto municipal 215, publicado en el Boletín Oficial, considera que si bien las más recientes investigaciones científicas estiman que el virus COVID-19 no persistiría en el aire, si puede permanecer en el entorno de las personas durante alguna hora o hasta varios días, dependiendo de condiciones como la concentración de virus (inoculo), la temperatura, la humedad del ambiente y el tipo de superficies.
Tanto la Organización Mundial de la Salud (OMS) como otras entidades internacionales sugieren para ayudar a reducir el riesgo de contagio del nuevo coronavirus el uso de productos desinfectantes domésticos como el hipoclorito de sodio.
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