Nuevas medidas fueron anunciadas, pasado este mediodía, por el intendente municipal, Víctor Aiola.
“Hay gente que no cumple y sale a la mañana a hacer compras todos los días”, señaló.
En ese aspecto, mediante
Decreto Municipal 221, a partir de hoy, se restringe la circulación de
vehículos de la siguiente manera:
-Lunes, miércoles y viernes sólo podrán circular vehículos cuyas patentes terminen en número par: 0, 2, 4, 6 y 8.
-Martes, jueves y sábados podrán circular aquellos vehículos cuyas patentes terminen en número impar: 1, 3, 5, 7 y 9.
-Domingo: circulación ambas patentes, respetando todos los días el horario de 6.00 a 18.00.
Quedan exceptuadas todas aquellas personas que están habilitadas a circular en materia de servicios/productos esenciales.
Toda aquella persona que
incumpla con la medida será multada y lo recaudado se destinará a la
compra de insumos para el Hospital Municipal. Solo podrá circular una
sola persona por vehículo.
El Intendente Municipal, además, apeló a que los vecinos hagan sus compras en comercios cercanos a sus barrios. “Son medidas antipáticas, que pueden resultar restrictivas”,
dijo y añadió “pero por encima de cualquier cosa, está el valor de la vida y el valor de la vida hay que cuidarlo entre todos”.
Por otra parte, Aiola realizó
el reclamo correspondiente a las entidades bancarias para que las
personas no se expongan ante cualquier tipo de tramitación.
DECRETO Nº 221.-
VISTO:
Que, el Decreto Nacional 297/2020 establece el "Aislamiento social preventivo y obligatorio" en todo el territorio Argentino; Y
CONSIDERANDO:
Que, con fecha 11 de marzo de 2020, la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA
SALUD (OMS), declaró el brote del nuevo coronavirus como una pandemia, luego de que el
número de personas infectadas por COVID-19 a nivel global llegara a 118.554, y el número de
muertes a 4.281, afectando hasta ese momento a 110 países.
Que, la velocidad en el agravamiento de la situación epidemiológica a escala internacional, requiere la adopción de medidas inmediatas para hacer frente a esta emergencia.
Que, nos encontramos ante una potencial crisis sanitaria y social sin precedentes, y para ello es necesario tomar medidas oportunas, transparentes, consensuadas y basadas en las evidencias disponibles, a fin de mitigar su propagación y su impacto en el sistema sanitario..
Que, las medidas hasta ahora adoptadas requieren de mayor adhesión al cumplimiento por parte de los habitantes de la ciudad.
Que, resulta necesario ampliar las medidas para evitar la circulación innecesaria de vehículos, para lo cual se deberá establecer un cronograma.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE CHACABUCO
D E C R E T A:
ARTICULO 1º: Establecer el siguiente cronograma para la circulación de vehículos en el Partido de Chacabuco, el cual quedará de la siguiente manera:
. LUNES - MIERCOLES - VIERNES : Solo podrán circular los vehículos cuyas patentes terminen en 0 (cero) y/o números par.-
. MARTES - JUEVES - SABADO : Solo podrán circular los vehículos cuyas patentes terminen en números impar.-
. DOMINGOS : Podrán circular todos los vehículos sin distinción de la terminación de la patente.-
ARTICULO 2°: Quedarán exceptuados los vehículos que atienden emergencias y aquellos que sus tareas estén exceptuadas por el Articulo N° 6 del DNU 297/2020 o sean utilizados por funcionarios para tareas de control y/o asistencia - - - - - - - - - - - - - - - - -
ARTICULO 3°: Toda persona que transgreda o eluda cualquiera de los deberes de prevención e información y de las disposiciones establecidas en el presente Decreto y sin perjuicio de otras sanciones que pudieren corresponderles se le impondrá una multa de hasta a diez (10) sueldos básicos de un personal municipal administrativo “E” de 30 hs con un mínimo de $1.500,00 (pesos mil quinientos) - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Chacabuco.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
ARTICULO 5º: Comuníquese, dese al Registro Oficial y archívese. - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Chacabuco, 27 de marzo de 2.020.-