Visto:
Que la portación del chaleco antibalas por parte del
personal policial constituye una de las principales protecciones ante cualquier
enfrentamiento con delincuentes o situaciones de riesgo diversas, con una
protección individual ante armas de fuego, y;
Considerando:
Que la Municipalidad de Chacabuco ha adherido en todos
sus términos a la Ley Nº 13.482, Título III de las Policías de Seguridad
Comunal a propuesta del Intendente Municipal y mediante la correspondiente
convalidación de este Honorable Cuerpo del Convenio y Protocolo Adicional.
Que en el Acta de entrega de la Oficina Logística se
estipula la entrega al Municipio de 124 chalecos antibalas de los cuales 105 se
encuentran vencidos y solo 19 vigentes.
Que algunos de ellos se encuentran en Depósito
dividiéndose los restantes en Cargo a los siguientes lugares:
- Guardia: Total 10
- Patrulla Rural: Total 6 (Vencidos)
- Destacamento Castilla: Total 2 (Vencidos)
- Puesto Vigilancia Silveyra: Total 2 (Vencidos)
- Subcomisaria O´Higgins: Total 7 (5 Vencidos)
- Subcomisaria Rawson: Total 5
- Comisaria de la Mujer: Total 2
Que el chaleco antibalas es un elemento esencial para la
seguridad de las fuerzas policiales porque brindan protección balística a
determinadas partes del cuerpo de los agentes que prestan el servicio de
seguridad pública.
Por ello,
el Bloque
de Concejales del GEN
en uso de
sus atribuciones propone la siguiente
RESOLUCION
Articulo
Nº 1:
Solicitarle al Intendente Municipal Dr. Mauricio Barrientos, y por su
intermedio a quien corresponda, se inicien las gestiones pertinentes para la
provisión y renovación de chalecos antibalas suficientes e imprescindibles para
la protección de la vida de los agentes que prestan servicio en la Policía de
Seguridad Comunal del Partido de Chacabuco.
Articulo
Nº 2:
De forma.
Visto:
Que
a fines de octubre de 2014, la localidad de Castilla fue objeto de fuertes
precipitaciones que superaron los 140 milímetros, lo que genero una situación
de abnegación e inundación de diferentes calles de casco urbano, y;
Considerando:
Que
ante la urgencia, el Intendente junto a los funcionarios municipales
recorrieron la localidad y en el cruce ferroviario donde limitan los partidos
de Chacabuco y Suipacha donde se realizaron trabajos de limpieza y drenajes de
las alcantarillas con la finalidad de mejorar el escurrimiento de las aguas por
el canal paralelo a las vías que desembocan en el Arroyo Los Leones.
Que
en dicho contexto, la Dirección de Defensa Civil de la Municipalidad de
Chacabuco manifestaba que las precipitaciones y la existencia de varios canales
clandestinos que escurren las aguas de los campos hacia lo caminos públicos
genero el anegamiento de las calles de la planta urbana.
Que
asimismo, desde el área de prensa de la Municipalidad de Chacabuco se informaba
que el Gobierno Municipal se había comunicado con la Autoridad del Agua (ADA) y
la Dirección de Hidráulica de la Provincia de Buenos Aires para que realice
inspecciones en la localidad y adopte las acciones pertinentes para preservar
el casco urbano.
Que
debe considerarse que un canal debe seguir los lineamientos que la naturaleza
ya ha indicado en la superficie a sanear; es decir, sistematizar cañadas
existentes facilitando así el escurrimiento de los excedentes por los lugares
donde naturalmente deben ir. Los canales clandestinos se hacen sin respetar
estos principios, cortando lomas, trasvasando agua y con muchas otras
imperfecciones en la ejecución. He aquí donde es indispensable el control y la
participación del Estado para evitar que poblaciones enteras vean soslayados
sus derechos por la irresponsabilidad de unos pocos que en su afán personal
ponen en riesgo el bienestar social.
Por ello,
el Bloque de Concejales del
GEN
en uso de sus atribuciones
propone la siguiente
RESOLUCION
Articulo
Nº 1:
El Honorable Concejo Deliberante vería con agrado que la Autoridad del Agua
(ADA) y la Dirección de Hidráulica de la Provincia de Buenos Aires informe
sobre los siguientes puntos:
1- Si se han efectuado los relevamientos
solicitados en la zona de la localidad de Castilla, a fin de detectar la
existencia de canales clandestinos.
2- De ser afirmativo el punto anterior,
informen acerca de la cantidad y ubicación de los canales detectados.
3- Comuniquen si se han iniciaron causas
judiciales, y en caso de ser afirmativo, Juzgado o Tribunal donde están
radicadas y estado del proceso judicial.
4- Informen si se han adoptado otras medidas,
tanto para erradicar los canales detectados como para prevenir nuevas obras y
expliciten que procedimiento y desarrollo han tenido las mismas.
Articulo
Nº 2:
De forma.
Visto:
Que el jueves 19 de febrero de 2015, el Intendente Dr.
Mauricio Barrientos, acompañado por Juan Ignacio Duarte Coordinador de
Desarrollo Suburbano del ANSES – Programa PROCREAR, llevaron adelante una
charla en el recinto de este Honorable Cuerpo con vecinos que están tramitando
el Crédito PRO.CRE.AR. a fin de informarles sobre la quinta 731 que compró el
Municipio con fondos financiados del Fideicomiso del Programa, y;
Considerando:
Que en dicha ocasión, el funcionario del ANSES se
comprometió a realizar las gestiones pertinentes para que luego del sorteo
pudieran venir representantes del Banco Hipotecario a reunirse con los
ganadores para informar cómo se debe presentar la carpeta de documentación del
crédito. Asimismo se planteó la posibilidad de que, al momento de tener que
hacer la entregas de carpetas, personal del Banco se haga presente en nuestra
ciudad y evitar la necesidad de viajar a la vecina ciudad de Junín a realizar
el trámite o en su defecto gestionar para que se den los 119 cupos de turnos
para los beneficiarios del sorteo de la forma más rápida posible.
Que el 1 de octubre pasado se llevo a cabo el sorteo de
119 lotes de 300 metros cuadrados con servicios de la mencionada quinta y muchos
de los vecinos favorecidos en el sorteo del terreno, fueron beneficiarios del
programa en octubre de 2013 y desean iniciar cuanto antes la tramitación del
crédito que finalmente le permita cumplir el sueño de la casa propia.
Por ello,
el Bloque
de Concejales del GEN
en uso de
sus atribuciones propone la siguiente
RESOLUCION
Articulo
Nº 1:
Dirigirse al Coordinador de Desarrollo Suburbano del ANSES – Programa PROCREAR,
Juan Ignacio Duarte, a fin de solicitarle tenga a bien informar a este Cuerpo
si representantes del Banco Hipotecario se harán presentes en nuestra ciudad a
fin de reunirse con los favorecidos del sorteo de lotes realizado el 1º de
octubre para informar cómo se debe presentar la carpeta de documentación del
crédito para posteriormente hacer la entregas de carpetas evitando la necesidad
de viajar a la vecina ciudad de Junín a realizar el trámite o en su defecto
gestionar para que se den los 119 cupos de turnos para los beneficiarios del
sorteo de la forma más rápida posible tal como lo manifestó el jueves 19 de febrero de 2015 en su visita
a nuestra ciudad.
Articulo
Nº 2:
De forma.
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