lunes, 5 de octubre de 2015

Proyectos presentados por Maximiliano Felice



Visto:

            Que la portación del chaleco antibalas por parte del personal policial constituye una de las principales protecciones ante cualquier enfrentamiento con delincuentes o situaciones de riesgo diversas, con una protección individual ante armas de fuego, y;

Considerando:

            Que la Municipalidad de Chacabuco ha adherido en todos sus términos a la Ley Nº 13.482, Título III de las Policías de Seguridad Comunal a propuesta del Intendente Municipal y mediante la correspondiente convalidación de este Honorable Cuerpo del Convenio y Protocolo Adicional.

            Que en el Acta de entrega de la Oficina Logística se estipula la entrega al Municipio de 124 chalecos antibalas de los cuales 105 se encuentran vencidos y solo 19 vigentes.

            Que algunos de ellos se encuentran en Depósito dividiéndose los restantes en Cargo a los siguientes lugares:
  • Guardia: Total 10
  • Patrulla Rural: Total 6 (Vencidos)
  • Destacamento Castilla: Total 2 (Vencidos)
  • Puesto Vigilancia Silveyra: Total 2 (Vencidos)
  • Subcomisaria O´Higgins: Total 7 (5 Vencidos)
  • Subcomisaria Rawson: Total 5
  • Comisaria de la Mujer: Total 2

            Que el chaleco antibalas es un elemento esencial para la seguridad de las fuerzas policiales porque brindan protección balística a determinadas partes del cuerpo de los agentes que prestan el servicio de seguridad pública.

Por ello,
el Bloque de Concejales del GEN
en uso de sus atribuciones propone la siguiente
RESOLUCION

Articulo Nº 1: Solicitarle al Intendente Municipal Dr. Mauricio Barrientos, y por su intermedio a quien corresponda, se inicien las gestiones pertinentes para la provisión y renovación de chalecos antibalas suficientes e imprescindibles para la protección de la vida de los agentes que prestan servicio en la Policía de Seguridad Comunal del Partido de Chacabuco.

Articulo Nº 2: De forma.

                                                                                                               


Visto:

            Que a fines de octubre de 2014, la localidad de Castilla fue objeto de fuertes precipitaciones que superaron los 140 milímetros, lo que genero una situación de abnegación e inundación de diferentes calles de casco urbano, y;

Considerando:

            Que ante la urgencia, el Intendente junto a los funcionarios municipales recorrieron la localidad y en el cruce ferroviario donde limitan los partidos de Chacabuco y Suipacha donde se realizaron trabajos de limpieza y drenajes de las alcantarillas con la finalidad de mejorar el escurrimiento de las aguas por el canal paralelo a las vías que desembocan en el Arroyo Los Leones.

            Que en dicho contexto, la Dirección de Defensa Civil de la Municipalidad de Chacabuco manifestaba que las precipitaciones y la existencia de varios canales clandestinos que escurren las aguas de los campos hacia lo caminos públicos genero el anegamiento de las calles de la planta urbana.

            Que asimismo, desde el área de prensa de la Municipalidad de Chacabuco se informaba que el Gobierno Municipal se había comunicado con la Autoridad del Agua (ADA) y la Dirección de Hidráulica de la Provincia de Buenos Aires para que realice inspecciones en la localidad y adopte las acciones pertinentes para preservar el casco urbano.

            Que debe considerarse que un canal debe seguir los lineamientos que la naturaleza ya ha indicado en la superficie a sanear; es decir, sistematizar cañadas existentes facilitando así el escurrimiento de los excedentes por los lugares donde naturalmente deben ir. Los canales clandestinos se hacen sin respetar estos principios, cortando lomas, trasvasando agua y con muchas otras imperfecciones en la ejecución. He aquí donde es indispensable el control y la participación del Estado para evitar que poblaciones enteras vean soslayados sus derechos por la irresponsabilidad de unos pocos que en su afán personal ponen en riesgo el bienestar social.
 
Por ello,
el Bloque de Concejales del GEN
en uso de sus atribuciones propone la siguiente
RESOLUCION

Articulo Nº 1: El Honorable Concejo Deliberante vería con agrado que la Autoridad del Agua (ADA) y la Dirección de Hidráulica de la Provincia de Buenos Aires informe sobre los siguientes puntos:

1- Si se han efectuado los relevamientos solicitados en la zona de la localidad de Castilla, a fin de detectar la existencia de canales clandestinos.

2- De ser afirmativo el punto anterior, informen acerca de la cantidad y ubicación de los canales detectados.

3- Comuniquen si se han iniciaron causas judiciales, y en caso de ser afirmativo, Juzgado o Tribunal donde están radicadas y estado del proceso judicial.

4- Informen si se han adoptado otras medidas, tanto para erradicar los canales detectados como para prevenir nuevas obras y expliciten que procedimiento y desarrollo han tenido las mismas.

Articulo Nº 2: De forma.


                                                                                                  

Visto:

            Que el jueves 19 de febrero de 2015, el Intendente Dr. Mauricio Barrientos, acompañado por Juan Ignacio Duarte Coordinador de Desarrollo Suburbano del ANSES – Programa PROCREAR, llevaron adelante una charla en el recinto de este Honorable Cuerpo con vecinos que están tramitando el Crédito PRO.CRE.AR. a fin de informarles sobre la quinta 731 que compró el Municipio con fondos financiados del Fideicomiso del Programa, y;

Considerando:

            Que en dicha ocasión, el funcionario del ANSES se comprometió a realizar las gestiones pertinentes para que luego del sorteo pudieran venir representantes del Banco Hipotecario a reunirse con los ganadores para informar cómo se debe presentar la carpeta de documentación del crédito. Asimismo se planteó la posibilidad de que, al momento de tener que hacer la entregas de carpetas, personal del Banco se haga presente en nuestra ciudad y evitar la necesidad de viajar a la vecina ciudad de Junín a realizar el trámite o en su defecto gestionar para que se den los 119 cupos de turnos para los beneficiarios del sorteo de la forma más rápida posible.

            Que el 1 de octubre pasado se llevo a cabo el sorteo de 119 lotes de 300 metros cuadrados con servicios de la mencionada quinta y muchos de los vecinos favorecidos en el sorteo del terreno, fueron beneficiarios del programa en octubre de 2013 y desean iniciar cuanto antes la tramitación del crédito que finalmente le permita cumplir el sueño de la casa propia.

Por ello,
el Bloque de Concejales del GEN
en uso de sus atribuciones propone la siguiente
RESOLUCION

Articulo Nº 1: Dirigirse al Coordinador de Desarrollo Suburbano del ANSES – Programa PROCREAR, Juan Ignacio Duarte, a fin de solicitarle tenga a bien informar a este Cuerpo si representantes del Banco Hipotecario se harán presentes en nuestra ciudad a fin de reunirse con los favorecidos del sorteo de lotes realizado el 1º de octubre para informar cómo se debe presentar la carpeta de documentación del crédito para posteriormente hacer la entregas de carpetas evitando la necesidad de viajar a la vecina ciudad de Junín a realizar el trámite o en su defecto gestionar para que se den los 119 cupos de turnos para los beneficiarios del sorteo de la forma más rápida posible tal como lo manifestó  el jueves 19 de febrero de 2015 en su visita a nuestra ciudad.

Articulo Nº 2: De forma.

No hay comentarios:

Publicar un comentario