miércoles, 29 de diciembre de 2021

Seguridad: excepción al pago pecuniario por infracciones de tránsito

 


Esta mañana el Juez de Faltas, Ernesto Felice, responsable del Juzgado N° 2, de Chacabuco, recibió en su despacho al secretario de Seguridad Comunal, Marcelo Loyola, al presidente del Honorable Concejo Deliberante, Lisandro Herrera, y al responsable a cargo de la oficina de Educación Vial, Marcos Mendoza.
El objetivo del encuentro fue el seguimiento y planificación de la aplicación corriente de la Ordenanza N° 8.583/2,  a través de la cual se dispone la realización de Tareas Comunitarias y/o talleres de Re-Educación vial como alternativa o complemento al pago de las multas por infracciones de carácter leve. Ello de conformidad en lo que establece la ordenanza y para los casos en los que el Juzgado lo considere procedente, buscando promover más herramientas que ayuden a mitigar las conductas imprudentes y de aportar mayores posibilidades al cumplimiento de sanciones impuestas por la Justicia de Faltas; realizando un trabajo conjunto. 
Estas medidas reemplazan total, parcialmente o eventualmente, complementan el monto pecuniario de la infracción por trabajo comunitario o capacitación para aquellas infracciones consideradas de carácter leve. 
La medida podrá ser solicitada como sanción por su cometido y sujeta a consideración del Juez de Faltas interviniente, siempre brindando el infractor su consentimiento de acceder a la alternativa del pago de la multa correspondiente, haciendo tareas y/o trabajos comunitarios o asistiendo a talleres de Reeducación vial.
El doctor Felice expresó que, "el incumplimiento o cumplimiento parcial por parte del infractor, excepto aquellos casos en que se justificare fehacientemente dicha imposibilidad, provocará la revocación automática de la opción prevista en la presente Ordenanza y hará exigible la multa correspondiente, sin el beneficio de la reducción por el reconocimiento voluntario".
El secretario de Seguridad, Marcelo Loyola, por su parte sostuvo que las tareas y/o trabajos comunitarios "podrían estar destinadas a la limpieza, conservación y mantenimiento de demarcaciones de señalización horizontal en primeras instancias, como así también, asistir a Talleres de Reeducación".

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