martes, 9 de mayo de 2017

Proyecto de Ordenanza Kioscos Saludables

El Bloque de concejales de Cambiemos presento un proyecto de Ordenanza sobre kioscos saludables. Dicho proyecto dice:


VISTO:
            Ley Nacional 26.396 y la Disposición Conjunta Nº 1/08 de la Dirección de Políticas y Educación para la Salud Alimentarias y la Dirección de Cooperación Escolar, y;

CONSIDERANDO:

Que según la encuesta Nacional de Nutrición y Salud existen enfermedades crónicas no transmisibles que constituyen importantes problemas de salud en la actualidad.

Que desde el poder legislativo tenemos la responsabilidad de promover estilos de vida saludables, que retarden o impidan la aparición de estas enfermedades metabólicas. 

Que es necesario impulsar la iniciativa de mejorar la oferta de alimentos saludables en los kioscos escolares, colonias de vacaciones, clubes, etc.; en conjunto con la comunidad educativa.

Que es fundamental contar con profesionales de la salud y de la educación que acompañen el proyecto y funcionen como promotores, multiplicadores de una forma de vida más saludable.

Que es necesario tomar conciencia de la necesidad de mejorar la alimentación de los jóvenes.

Que a mayor compromiso y participación, de la comunidad educativa, padres e hijos, instituciones intermedias y sociedad en general, mejores serán los resultados alcanzados.



Por ello, el

BLOQUE DE CONCEJALES CAMBIEMOS

En uso de sus atribuciones y facultades, propone el siguiente:



PROYECTO DE ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Implementar el programa “Kioscos Saludables”, que se llevara a cabo en los distintos establecimientos educativos y en todos los programas que dependan del municipio.-

ARTÍCULO 2º: Se denomina “Kiosco Saludable” a todo aquel recinto o local que expende alimentos cuyo perfil nutricional es preponderantemente saludable, abarcando la oferta de alimentos aptos para celiacos (libre de TACC). Disminuyendo la venta de alimentos con alto contenido en harinas, grasas, azúcares simples y sodio.

ARTÍCULO 3º: Los objetivos del programa serán:

· Mejorar el estado nutricional de niños, niñas y adolescentes:

· Sensibilizar a la sociedad en general, y a las niñas, niños y adolescentes en particular, de la importancia de desarrollar hábitos saludables.

· Coordinar acciones entre el municipio y las organizaciones de la sociedad civil que trabajan en común el problema de las enfermedades crónicas no transmisibles.

· Promover la adquisición de hábitos alimentarios saludables.

· Estimular a las niñas, niños y adolescentes en la práctica de actividades físicas y disminuir las actividades sedentarias.

· Impulsar acciones destinadas al apoyo de la producción, comercialización, publicidad y consumo de alimentos saludables.

ARTÍCULO 4º: El área de Salud del Departamento Ejecutivo Municipal estará a cargo de confeccionar y elaborar las recomendaciones nutricionales que reglamentara del kiosco u otro puesto de venta que se encuentre dentro de los lugares mencionados en el Art. 1º.-

ARTÍCULO 5º: Las autoridades educativas, con el asesoramiento de la Secretaria de Salud elaboraran y suministraran material de difusión permanentes de concientización, a partir de las pautas y guías de alimentación saludable, las que deberán contar con la siguiente información:

· Beneficios de una alimentación equilibrada, completa y saludable.-

· Beneficio e importancia del desayuno.-

· Respeto por el cumplimiento de las 4 (cuatro) comidas principales y un máximo de 2 (dos) colaciones.-

· Promover un menor consumo de golosinas ricas en harinas, sodio, grasas y azucares simples (galletitas dulces y saladas, caramelos, helados, chupetines, chicles con azúcar, gaseosas y jugos azucarados, snacks).

ARTÍCULO 6: De forma.-

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