En
la acción judicial calificaron al tarifazo de ilegítimo por vulnerar el
derecho de los consumidores y usuarios a participar de las audiencias
públicas, reafirmando el derecho constitucional a ser escuchados.
Los
diputados y las diputadas del Frente para la Victoria (FPV) por la
provincia de Buenos Aires, Walter Abarca, Eva Ramírez, Valeria
Amendolara, Andrés Quinteros, Mariano San Pedro, Alejandra Martínez,
Liliana Pintos, Marcelo Feliú, Manuel Elías, Mauricio Barrientos,
Alicia Sánchez y Ricardo Moccero, presentaron esta mañana ante la
Justicia Federal de La Plata -Juzgado Federal Nº 2 a cargo del
Dr. Adolfo Gabino Ziulu, Secretaría Civil Nº 5- un recurso de amparo
contra el incremento de las tarifas del servicio de energía eléctrica
dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional a través del Ministerio de
Energía y Minería de la Nación -Resoluciones N° 6/2016 y 7/2016- y del
Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) -Resolución N°
1/2016-.
En los fundamentos del escrito, indicaron que
“estas resoluciones han sido sancionadas de una manera totalmente
inconsulta, sin la realización de una audiencia pública previa que
asegure al menos un elemental nivel de información y participación de
los usuarios y las usuarias, que se verán afectados por la modificación
de las tarifas eléctricas”
Al
mismo tiempo, en el recurso solicitaron la intervención del Defensor
del Pueblo de la provincia de Buenos Aires tal como lo ha exhortado
dicho organismo ante el ENRE y el Ministro de Energía y Minería de la
Nación, Juan José Aranguren.
En relación a la actividad económica, expresaron que “la
medida es sumamente negativa para los sectores comerciales e
industriales y los diversos actores de la economía social, los cuales
padecerán incrementos alarmantes. Esta situación, provocaría un aumento
directo en el costo de operación que se trasladaría a los precios,
desencadenando una reducción de la demanda global, entre otros
problemas”.
Destacaron
que las disposiciones perpetradas implican un claro ataque al bolsillo
de los trabajadores y las trabajadoras, quienes verán afectado su
salario y nivel de vida así como el de sus familias.
“Una
modificación tarifaria de tales características que afecta un número
tan significativo de ciudadanos, debió ser puesta a consideración
mediante una audiencia pública conforme el espíritu del artículo 42 de
la Constitución Nacional”, recalcaron en la acción judicial.
En línea con ello, los legisladores y las legisladoras exigieron el cumplimiento de la Ley 24.065 -“Régimen de la Energía Eléctrica”-, la que en sus artículos 46° y 48° regula el procedimiento de audiencias públicas, que resulta necesario para el establecimiento de una tarifa justa y razonable.
En línea con ello, los legisladores y las legisladoras exigieron el cumplimiento de la Ley 24.065 -“Régimen de la Energía Eléctrica”-, la que en sus artículos 46° y 48° regula el procedimiento de audiencias públicas, que resulta necesario para el establecimiento de una tarifa justa y razonable.
“Este
recaudo es el único procedimiento viable para que la comunidad afectada
y los titulares de derechos de incidencia colectiva puedan participar,
informarse, emitir su punto de vista, ser parte activa de la
determinación de un nuevo cuadro tarifario. Vale decir, habilita a la
ciudadanía un espacio institucional para que todo aquel que pueda verse
afectado o tenga un interés particular o general, exprese su opinión”, concluyeron.
En
el mismo sentido, los legisladores presentaron un Proyecto de
Declaración (Expediente D-3394/15-16) donde pronunciaron su más enérgico
rechazo y repudio al ajuste tarifario del servicio de energía
eléctrica, ejecutado por el gobierno nacional por medio de las
mencionadas resoluciones, e instaron a que se convoque de inmediato a
las pertinentes audiencias públicas.
No hay comentarios:
Publicar un comentario