miércoles, 1 de abril de 2015

Proyecto y nota presentados por el Bloque GEN


Sr.

Secretario de Gobierno y Hacienda

Dr. Claudio Brindisi

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De mi mayor consideración

                                        Como todos los años, para ésta época, el Concejo Deliberante debe dar cumplimiento al mandato constitucional contenido en el artículo 192 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires que le impone, como atribución y deber, examinar y resolver sobre las cuentas del año vencido.

De acuerdo a las disposiciones legales vigentes y procesos formales establecidos, le requerimos a Ud. y por su intermedio a quien corresponda, se nos informe en forma perentoria días y horarios en que se pondrá a disposición de los Concejales la totalidad de las órdenes de Compra, facturas y Orden de Pago de todas las partidas referentes a la Rendición de Cuentas del año 2014 para su completo análisis, como así también de fiel cumplimiento a la Resolución AG 449/11 del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, en su artículo segundo exige al Departamento Ejecutivo deberá habilitar al Concejo Deliberante – mediante la asignación de usuarios y claves respectivas – el acceso al Sistema Informático RAFAM (Reforma de la Administración Financiera en el Ámbito Municipal) para que con carácter exclusivo de consulta, los Concejales puedan disponer de toda la información contenida en él.

Asimismo solicitamos se remita copia de las ordenanzas modificatorias del Cálculo de Recursos y del Presupuesto de Gastos, de autorización de gastos especiales, extraordinarios, subsidios, subvenciones, etc. y de creación de cuentas especiales; copia autenticada de los decretos que el D.E. hubiera dictado en uso de las facultades que le confiere el Artículo 121º de la Ley Orgánica Municipal; copia de los balances trimestrales de Tesorería y de comprobación y saldos; talonarios de recaudación agrupados por rubro, hayan sido utilizados o no; órdenes de pago legajadas por incisos, ítem o partidas con arreglo al presupuesto; planillas de la deuda contraída en el ejercicio subdividida por capítulo, inciso, ítem o partida; libros de Caja y resúmenes bancarios, Cuentas Corrientes de proveedores y detalle de las partidas presupuestarias excedidas, copia del libro de decretos, copia del libro de contratos, sumaria del personal con detalle de gastos de sueldos y jornales por rubro, altas y bajas del personal, detalle de alta de bienes de usos y toda otra información que crea pertinente. 

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Visto:

            Que días atrás la presidenta Cristina Fernández de Kirchner, anuncio que el llamado programa "Garrafas para todos" será corregido ante las distorsiones que presenta y pasara a denominarse “Programa Hogar” el cual tendrá un enfoque diferente, y;

Considerando:

            Que en el mismo sentido el ministro de Economía, Axel Kicillof, denunció “distorsiones” en el plan vigente por la creación “mercados negros” y la detección de “beneficiarios a los que no corresponde” el subsidio.

            Que la creación del Programa Hogar fue formalizado el 31 de marzo de 2015 con la publicación en el Boletín Oficial del Decreto 470/2015, firmado por la primera mandataria, el jefe de Gabinete, Aníbal Fernández; y los ministros Axel Kicillof (Economía) y Julio De Vido (Planificación Federal).

            Que mediante este programa, el Estado nacional subsidiará o compensará de manera directa a los titulares de hogares de bajos recursos o de viviendas de uso social o comunitario de todo el territorio de la República Argentina. También se verán beneficiados consumidores de GLP envasado que residan o se encuentren ubicados, según el caso, en zonas no abastecidas por el servicio de gas por redes o que no se encuentren conectados/as a la red de distribución de gas de su localidad, y los productores de Gas Licuado de Petróleo.

            Que según establece el decreto, la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) llevará adelante acciones que faciliten la implementación del Programa Hogar, colaborando en la conformación del padrón de beneficiarios/as, en la asistencia para la atención de reclamos y en la liquidación y puesta al pago del subsidio siendo subsidiadas las familias donde el sueldo mayor no supere los $9.432.

            Que se estipula que algunas de las personas serán incluidas automáticamente de acuerdo a los datos de la Anses, pero otras deberán acercarse a la oficina para gestionar su incorporación.

            Que contrariamente a lo anunciado por la Presidenta, algunos funcionarios del Anses, como ser el caso del titular de la Delegación Gualeguaychu, revelaron públicamente que “hubo una mala interpretación de lo que dijo la Presidenta. Ella lo que dijo fue que iba a utilizar las bases de datos de ANSES, porque es la fuente más fidedigna que tienen respecto a ingresos y conformación familiar. Pero de ningún modo va a ser a través de la ANSES que se otorgue el subsidio”, generando más confusión respecto a la forma de implementación del Programa.


            Que a partir de la creación del Programa Hogar, la garrafa de 10 kilos aumento significativamente de precio, subiendo hasta los 85 pesos y llegando a casi 100 pesos por unidad.

            Que según declaraciones de Mariana Matranga, Secretaria de Energía de la Nación, el nuevo precio de la garrafa de 10 kilos debe ser de 97 pesos, de los cuales el Estado Nacional subsidiará 77 pesos para los sectores de más bajos recursos y de esa forma, las familias más humildes pagarán 20 pesos la garrafa.

            Que, asimismo, la funcionaria manifestó que el subsidio se depositará mensualmente, por adelantado, en la cuenta bancaria de los beneficiarios, de acuerdo a un cálculo de consumo promedio anual que hará el Gobierno. Para una familia tipo, integrada por un matrimonio con dos hijos, esa estimación es de 16 garrafas al año (1,33 por mes). Lo que sí se sabe que serán subsidiadas las familias donde el sueldo mayor no supere los $9.432. Mientras que lo que no se conoce hasta el momento es cómo será la entrega del subsidio, que se vehiculizará por la Anses.

            Que por otro lado diferentes distribuidores que participaron de una reunión en el Ministerio de Economía días antes de la publicación en el Boletín Oficial del Decreto 470/2015  declararon que a partir del 1º de abril habrá distintos precios al público de las garrafas puntualizando que en la planta fraccionadora, el precio máximo rondará los 54 pesos; en depósito, será de 77 pesos; y en los comercios minoristas, como almacenes y autoservicios, de 97 pesos y detallando que esos son precios máximos ya que puede ser que algunos valores finales terminen siendo algo menores.

            Que pocas son las novedades que se sienten al respecto y ante el inicio del Programa Hogar ya que el anuncio presidencial dejó muchas dudas en los pasos a seguir por aquellos ciudadanos que puedan ingresar al mismo y tampoco fueron evacuadas en la publicación del decreto en el Boletín Oficial.

Por ello,
el Bloque de Concejales del GEN
en uso de sus atribuciones propone la siguiente
Resolución

Articulo Nº 1: El Honorable Concejo de Chacabuco vería con agrado que, a través de la Secretaria del Cuerpo, se arbitren los medios necesarios a fin de constituir una reunión plenaria con el responsable de ANSES Chacabuco, Dr. Víctor Belfortti, con motivo de poder ahondar  en detalles respecto a la implementación del Programa Hogar (Decreto 470/2015) en nuestra ciudad.

Articulo Nº 2: Remítase copia del mismo con sus vistos y considerandos a la Secretaria de Energía de la Nación.

Articulo Nº 3: De forma.

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