Los documentos habilitantes son:
- Libreta de enrolamiento/libreta cívica
- DNI libreta verde
- DNI libreta celeste
- Tarjeta del DNI libreta celeste
- Nuevo DNI tarjeta
No
se permitirá el voto de ciudadanos cuyo documento corresponde a un
ejemplar anterior al que figura en el padrón electoral. Si se admitirá
el voto de quien se presente con una versión posterior al documento que
figura registrado en el padrón.
El
elector puede votar presentándose con libreta de enrolamiento o libreta
cívica siempre que no haya gestionado el DNI. También podrá votar si se
presenta, por ejemplo, con un DNI triplicado y en el padrón figura que
se le otorgó un duplicado. No podrá hacerlo, cuando se presente a votar
con un DNI libreta verde, habiendo gestionado el nuevo DNI tarjeta.
Para
las elecciones primarias y nacionales, NO es obligatorio el cambio del
DNI, deberá utilizar el que tiene actualmente, siempre y cuando el
estado del mismo sea bueno.
No hay comentarios:
Publicar un comentario