jueves, 13 de agosto de 2020

Proyectos presentados por el Bloque del Frente de Todos/PJ

En el dia de hoy el Bloque Frente de Todos - PJ, presetaron 3 proyectos:
- Créditos para Comercios de Chacabuco,
- Modificación a Ordenanza de Habilitaciones incorporando habilitación Express y Ventanilla Virtual, - y una Minuta de Comunicación sobre Bidones de Agroquímicos encontrados en la Planta de Reciclado.


VISTO: Las dificultades económicas y financieras que atraviesan los Comercios y PYMES del partido de Chacabuco (B);

CONSIDERANDO:
Que, a través del Decreto Nacional N° 260/2020 se amplió en nuestro país la emergencia pública en materia sanitaria  establecida  en  la  Ley  citada  en  primer  término,  por  el  plazo  de  un  (1)  año,  en  virtud  de  lapandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en relación con el nuevo coronavirusCOVID-19;
Que, por la misma razón, mediante el Decreto N° 132/2020, de fecha 12 de marzo de 2020, ratificado porLey N° 15.174, se declaró el estado de emergencia sanitaria en el ámbito de la provincia de Buenos Aires por el término de ciento ochenta (180) días, a partir de su dictado;
Que,  posteriormente,  por  Decreto  Nacional    297/2020,  prorrogado  por  los  Decretos    325/2020,  N°355/2020,    408/2020,    459/2020,    493/2020,    520/2020,    576/2020  y    605/2020  seestableció para todas las personas que habitan en el país o que se encuentren en él en forma temporaria, lamedida de “aislamiento social, preventivo y obligatorio”
Que, el departamento ejecutivo municipal debe implementar medidas complementarias y adicionales en el marco del inmenso esfuerzo que está haciendo el gobierno nacional y provincial;
Que, con el objeto de asistir a los sectores más afectados por esta situación y sostener las fuentes y puestosde   trabajo,   resulta   de   fundamental   importancia   establecer   medidas   extraordinarias   tendientes   sureactivación;
Que,  resulta  indispensable  que  la  totalidad  de  los  municipios  que  integran  la  provincia  de  Buenos  Aires, lleven adelante acciones en pos de paliar y atender la emergencia mencionada;
Que, el estado Municipal posee los recursos necesarios para habilitar una línea de crédito a tasa 0% que permita la reactivación de la actividad comercial.-
Que, el Bloque de Unidad Ciudadana ha presentado un proyecto de Ordenanza de similares características que fue transformado en Resolución de este H.C.D. y al día de la fecha no ha sido implementado.-
Por todo ello,
El Bloque de Concejales del Frente de Todos - Partido Justicialista,en uso de sus facultades y atribuciones, propone el siguiente:
Proyecto de Ordenanza:
Artículo 1°: Crease el “Programa de Crédito Municipal para Comercios y PYMES afectados por la Pandemia” que tendrá por objeto el otorgamiento de créditos a Tasa 0% a personas físicas y/o jurídicas cuya actividad comercial ha sido afectado por la Pandemia” impidiendo su normal funcionamiento.-

Artículo 2°: El Programa de Crédito Municipal para Comercios se integrará con recursos provenientes de Fondo de Coparticipación 10559, Juegos de Azar y/o cualquier otra fuente que al efecto la Secretaría de Hacienda Municipal disponga.-

Artículo 3°:Beneficiarios: Serán beneficiarios del programa creado en el artículo 1, todas aquellas personas físicas y/o jurídica que desarrollan su actividad comercial en el partido de Chacabuco (B) y que no hayan podido ejercer la misma a causa de la pandemia causada por el Covid 19 y el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio dictado en el marco del decreto nacional 297/20 y decreto provincial 132/20.-

Artículo 3°: Los créditos otorgados en el marco del programa creado en el artículo 1, no devengaran intereses, debiendo el beneficiario solo devolver el capital prestado en plazo acordado.
Las cuotas comenzarán a abonarse una vez transcurridos el plazo de 180 días del otorgamiento del crédito.-
Artículo 4°: La Secretaría de Producción será la encargada de implementar los créditos a las personas alcanzadas por el Programa creado por el artículo 1°, determinando los requisitos, procedimiento y modalidad para su otorgamiento.

Artículo 5°: Facultar a la Secretaria de Hacienda Municipal a efectuar las adecuaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Ordenanza, las que deberán ajustarse a las previsiones contenidas en el ejercicio presupuestario vigente

Artículo 6°: De Forma.

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VISTO: La necesidad de facilitar y dotar de mayor celeridad el trámite de habilitaciones comerciales, y;
CONSIDERANDO:
-           Que, el trámite de habilitaciones comerciales conlleva un tiempo de demora que acarrea costos innecesarios hasta la puesta en funcionamiento del comercio.-
-           Que, a fin de agilizar el trámite de habilitaciones es necesario brindar una rápida respuesta al comerciante que pretende habilitar su comercio en nuestra localidad.-
-           Que, a través del otorgamiento del certificado de habilitación provisoria, se le permite al comerciante la contratación de los demás servicios necesarios para la puesta en marcha de su actividad comercial
-           Que, asimismo, resulta necesario implementar una plataforma informática de inicio de trámite de habilitaciones a fin de facilitar el inicio y posterior culminación del expediente iniciado.-
-           Que, diversos organismos, Nacionales, Provinciales y Municipales, han puesto en funcionamiento plataformas virtuales para realizar gran cantidad de trámites administrativos permitiendo al solicitante reducir el tiempo y costo de los mismos.-
-           Que, asimismo la implementación ventanillas virtuales han cobrado gran importancia en esta época de Pandemia causada por el Covid 19 ya que permite realizar los trámites de forma no presencial y en consecuencia la no aglomeración de personas en lugares públicos.-
Por todo ello,
El Bloque de Concejales del Frente de Todos - Partido Justicialista,en uso de sus facultades y atribuciones, propone el siguiente:
Proyecto de Ordenanza:
Artículo 1°:Modifíquese el artículo 4 de la Ordenanza  n°7747/18, el que quedará redactado de la siguiente forma: “La solicitud se ingresará por la Mesa de Entradas General del Municipio y/o en la Ventanilla Virtual de la Oficina de Habilitaciones, y se procederá a la apertura de un expediente que será caratulado como “Solicitud de Habilitación Comercial Provisoria - Trámite Urgente”. La solicitud será derivada a la Oficina Municipal de Habilitaciones el mismo día de su ingreso en la Mesa de Entrada General del Municipio.
La Oficina Municipal de Habilitaciones en el plazo de 2 días hábiles deberá expedirse sobre si se encuentran reunidos los requisitos y la documentación necesaria para el otorgamiento de la habilitación provisoria y en su caso emitirá el “Certificado de Habilitación Provisoria”.
 Sin perjuicio del beneficio anteriormente descripto, y a los efectos del otorgamiento de la habilitación definitiva, el trámite se ajustará al procedimiento habitual, realizándose las inspecciones respectivas de estilo, llevadas a cabo por las áreas municipales correspondientes.
Una vez cumplidas las mismas y conforme a su resultado, será potestad de la Secretaría de Gobierno, evaluar la necesidad de requerir un informe socio ambiental o disponer cualquier otra medida probatoria, que abone los fundamentos del requerimiento, indicando finalmente plazo por el cual se concederá la habilitación encuadrada en la presente ordenanza-

Artículo 2°:Incorpórese a la Ordenanza n°7747/18 el artículo 8 que quedará redactado de la siguiente forma: Artículo 8: que quedará redactado de la siguiente forma: “Impleméntese la Ventanilla Virtual de la Oficina de Habilitaciones, en la que se podrán ingresar los trámites de Inicio y/o Solicitud de Habilitación Comercial. Los expedientes iniciados a través de esta modalidad deberán cumplimentar las exigencias legales dispuestas para cada tipo de  habilitación comercial.
El trámite de inicio deberá contener los datos completos del solicitante y toda la documentación requerida para el otorgamiento de la habilitación comercial. Todos los datos consignados, bajo firma del solicitante, y la documentación acompañada en formato digital revestirán el carácter de declaración jurada.
El sistema informático emitirá una constancia de inicio del trámite en el que se consignara el número de expediente asignado”.-
                                         
Artículo 3°: De Forma.

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VISTO: haber tomado conocimiento de existencia de envases de Agroquímicos en la planta de Reciclado Municipal;

CONSIDERANDO:
Que la implementación de los productos fitosanitarios sin las correspondientes medidas de seguridad puede producir daño al medio ambiente. -
Que no desarrollar el correcto manejo, almacenado y trasporte de manera segura puede ocasionar daño a los trabajadores que desarrollan actividades en la zona de la planta de reciclado como a la comunidad en general.
Que resultaen esta materia fundamental el cumplimiento estricto de la Normas IRAM 12.069/03 y la legislación específica a los efectos de no causar daño alguno a el medio ambiento como a la salud. -

Por Ello,
El Bloque de Concejales del Frente de Todos - Partido Justicialista;
Propone la siguiente:
Minuta de Comunicación.

Artículo 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal, que, a través de la Secretario de Producción, Cr. Julián Ramundo, y por su intermedio a través del Director de Desarrollo Sustentable Dr. Marcos Pinto, informe los puntos que seguidamente se detallan:
1) Informe causa por las que se encontraban los envases de Agroquímicos en la planta de Reciclado Municipal;
2) Si se encuentra funcionando el Registro de Aplicadores y Fiscalizadores Fitosanitarios Municipal (Ord. 7077/17).
3) Detalle los controles realizados en el marco del cumplimiento en el partido de Chacabuco de las Normas IRAM 12.069/03y eleve copia de los mismos. -



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