El Bloque de Concejales del PJ-FpV, presento un proyecto de Ordenanza, en el que se solicita declarar la emergencia comercial en el partido de Chacabuco.
VISTO: La importancia de la actividad comercial en
nuestro distrito y las dificultades que está atravesando el sector, y;
CONSIDERANDO:
Que un importante porcentaje de la economía de nuestra ciudad
radica en la actividad comercial de pequeños y medianos comercios. Esto genera
una gran cantidad de puestos laborales para muchos vecinos incidiendo de manera positiva en la economía de nuestra comunidad.
Que se ha registrado a nivel nacional, provincial y local una merma
en el consumo diario de nuestros vecinos producto de la pérdida del poder
adquisitivo que padecen a consecuencia de la recesión del mercado interno, las
sucesivas devaluaciones y el creciente proceso inflacionario que se registra en
nuestro país durante estos últimos dos años.
Que se han registrado aumentos considerables en los Servicios
Públicos como la tarifa eléctrica o el gas natural y envasado a lo que se suman
los incrementos de las tasas municipales.
Que muchos comerciantes de la ciudad no son dueños de sus propios
locales debiendo alquilar sufriendo importantes aumentos anuales en el valor de
tales alquileres.
Que, empresas de Chacabuco notificaron a sus empleados que
prescindirán de sus servicios como consecuencia del cierre por diversas dificultades,
tales como: “Cuesta Colorada” y “PetroNort”
los que se suman a los despidos de NIDERA, Ingredion Argentina S.A.,
Torres Americanas S.A. como así también los pequeños comerciantes que día a día
deben cerrar sus puertas viendo truncados sus sueños de un futuro mejor.
Que el Poder Ejecutivo tiene la potestad, los medios y la
obligación de gestionar ante otros organismos convenios que permitan sortear
situaciones de emergencia en el distrito.
Por Ello,
El
Bloque de Concejales del Partido Justicialista y el Frente para la Victoria
Propone el siguiente:
Proyecto de Ordenanza
ARTÍCULO 1°: Declárese la Emergencia Comercial
en todo el Partido de Chacabuco (B), desde entrada en vigencia de la presente
Ordenanza hasta el 1 Enero del 2019 inclusive.
ARTÍCULO 2 °: Establézcase que la Secretaria de Producción Municipal deberá
expedir un Certificado a la solicitud del interesado que establezca la
condición que se encuentra en Emergencia Comercial. La Autoridad de Aplicación
determinara las formalidades y requisitos para la emisión del certificado
anteriormente mencionado.
ARTÍCULO 3°: El Certificado de Declaración de
Emergencia Comercial podrá ser utilizado con el fin de gestionar los siguientes
beneficios, que quedarán supeditados a la aprobación de cada organismo o
entidad bancaria:
a) Líneas de créditos
a tasa diferenciada para créditos futuros o vigentes ante las entidades
crediticias o financieras.
b) Exención por seis
meses desde la entrada en vigencia de la Ordenanza del 50 % del valor la Tasa
de Seguridad e Higiene actual.
c) Diferimientos de
pagos de la factura, a partir de planes de moratoria especiales, del Servicio de Electricidad por parte de la
Cooperativa Eléctrica de ChacabucoLimitada.-
ARTÍCULO 4°: El Departamento Ejecutivo gestionara ante la Administración
Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y ante la Agencia de Recaudación de la
provincia de Buenos Aires (ARBA), la suspensión del inicio de juicios y la
continuidad de los ya iniciados por deudas contraídas por las PYMES y Comercios
de nuestra ciudad en los períodos 2016, 2017 y 2018.-
ARTÍCULO 5°: La autoridad de aplicación de la presente Ordenanza será la
Secretaria de Producción de la Municipalidad de Chacabuco (B).-
ARTÍCULO 6°: De forma.-
Por otro lado, presentaron también un proyecto de Minuta de Comunicación, en el que se solicita información al Departamento Ejecutivo respecto a los aportes dinerarios que se comprometieron realizar los funcionarios municipales para la compra de una Motoniveladora.
Visto: Que ante lo comunicado por la actual Gestión Municipal
respecto de de la donación de haberes para
la adquisición de una motoniveladora,
y
Considerando
Que
el gobierno municipal anuncio públicamente el 25 junio de 2016, que los
funcionarios del gabinete municipal, donarían parte de sus haberes para la
adquisición de una nueva motoniveladora con la finalidad de mejorar las
prestaciones del servicio.
Por Ello
El Bloque de concejales del FpV – PJ, en uso de sus
atribuciones,
Propone el siguiente:
MINUTA DE COMUNICACION
ARTÍCULO 1: Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal, informe
a este Honorable Concejo Deliberante:
A.-
El monto total recaudado a la fecha, con los aportes realizados por los
funcionarios en concepto de donación, y que fuera afectado para la adquisición
de una motoniveladora.
B.-
El número de cuenta e institución bancaria, donde se encuentran depositados los
fondos.
C.-
Si a la fecha ya se realizaron gestiones para la adquisición de la
motoniveladora, caso contrario, informe cuando comenzaran las mismas
D.-
Cualquier otro dato de interés, que deje a salvo la trasparencia de
vuestra Gestión Municipal.
ARTICILO 2: De Forma.
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