Esta mañana, el secretario de Evaluación de Gestión, Maximiliano Felice, anunció que tal como se había comprometido durante la campaña, el intendente municipal, Dr. Víctor Aiola, decretó el 30 de octubre como fecha asignada para la elección de Delegados Municipales. “El Intendente decide abrir la participación a la ciudadanía y que sean ellos quienes elijan en una terna a sus propios delegados”, señaló el funcionario. Además, habló sobre el caso de Triquinosis detectado en la comunidad y sobre seguridad.
Felice explicó que 45 días antes de la fecha establecida, se abrirá el registro para los interesados. Los requisitos se rigen mediante la Ley Electoral. El 30 de septiembre sería la fecha de cierre para la presentación de los candidatos en donde el Intendente elegirá la terna.
En ese marco, tras las declaraciones del concejal del Frente Renovador, Hugo Moro, el Secretario le respondió, “este es un nuevo mecanismo de participación ciudadana. Hoy escuchaba al concejal que hablaba de proscripción. Uno que ha pasado por el Concejo Deliberante sabe que la Ley Orgánica en el Artículo 108 faculta al Intendente a elegir a los Delegados Municipales”.
Según comentó, ha habido presentaciones ante la Suprema Corte de Justicia de Provincia que también ha dictaminado avanzar por medio de Ordenanzas o Resoluciones para regular la situación. “Es una invasión a la esfera de la competencia del propio departamento Ejecutivo Municipal y es violatorio por supuesto a las disposiciones de la Ley Orgánica. Acá no hay ninguna proscripción”, sentenció.
Felice explicó que 45 días antes de la fecha establecida, se abrirá el registro para los interesados. Los requisitos se rigen mediante la Ley Electoral. El 30 de septiembre sería la fecha de cierre para la presentación de los candidatos en donde el Intendente elegirá la terna.
En ese marco, tras las declaraciones del concejal del Frente Renovador, Hugo Moro, el Secretario le respondió, “este es un nuevo mecanismo de participación ciudadana. Hoy escuchaba al concejal que hablaba de proscripción. Uno que ha pasado por el Concejo Deliberante sabe que la Ley Orgánica en el Artículo 108 faculta al Intendente a elegir a los Delegados Municipales”.
Según comentó, ha habido presentaciones ante la Suprema Corte de Justicia de Provincia que también ha dictaminado avanzar por medio de Ordenanzas o Resoluciones para regular la situación. “Es una invasión a la esfera de la competencia del propio departamento Ejecutivo Municipal y es violatorio por supuesto a las disposiciones de la Ley Orgánica. Acá no hay ninguna proscripción”, sentenció.
No hay comentarios:
Publicar un comentario