El Gobierno Municipal recuerda que está en vigencia la ordenanza Nº 2672/01 que en su artículo segundo dice que los elementos de pirotecnia sólo podrán ser comercializados en los locales debidamente habilitados a tal fin. No podrá extenderse a la vía pública el depósito, exhibición y/o venta de tales productos. Asimismo se encuentra prohibida la venta ambulante y/o callejera.
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